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lunes, 17 de junio de 2013

Elecciones en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires


Colegas, como todos sabrán, cada 3 años se renuevan las autoridades de nuestro Consejo Profesional siendo la oportunidad para manifestar mediante el voto, el apoyo o la disconformidad hacia la gestión que lo conduce.

Dada la cantidad de preguntas que estoy recibiendo en los distintos medios, detallo a continuación algunos aspectos que considero importante destacar:

En ese momento, todos los Contadores Públicos, Licenciados en Administración, Licenciados en Economía y Actuarios (*) tenemos la oportunidad de emitir nuestro voto y elegir a nuestros representantes.

Dependiendo de los resultados, pueden darse dos escenarios:

- Que la lista ganadora acapare 100% de los cargos electivos.
- Que la mayoría y la minoría tengan su respectiva representación.

En cuanto a la información relativa al acto electoral propiamente dicho, tendrá lugar el próximo 26 de Junio de 8 a 20 hs. en la sede central Viamonte 1549.

Conforme lo establecido en el Art. 41 de la Ley 466 (CABA), el voto es obligatorio. Pero para estar en condiciones de votar, es requisito encontrarse en el padrón, y presentarse con:

-      Credencial Profesional
-      Documento Nacional de Identidad
-      Libreta Cívica
-      Libreta de Enrolamiento

Algo importante de destacar es que para estar en el padrón es necesario contar con la matrícula profesional al día, a la fecha de cierre del mismo. Para corroborarlo, podrás realizar la "Consulta de mesa para emisión de voto" ingresando Tomo y Folio.



Adicionalmente, se han emitido notificaciones por escrito a efectos de informar quienes han sido sorteados para ser autoridades de mesa. Ante cualquier consulta respecto de este tema, es necesario escribir a elecciones2013@consejocaba.org.ar

Les dejo a continuación algunos enlaces y documentos de utilidad para quienes han sido designados presidentes y vicepresidentes de mesa.
  

Descarga los documentos desde Box: http://goo.gl/xWlzC


(*) Profesiones contempladas en la Ley 20.488

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